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Ordenar el espacio profesional sin olvidar la existencia de una profesión titulada y colegiada


ORDENAR EL ESPACIO PROFESIONAL SIN OLVIDAR LA EXISTENCIA DE UNA PROFESIÓN TITULADA Y COLEGIADA


«No reclamamos una regulación, sino una verdadera ordenación del espacio profesional». Actualmente, «la ciudadanía no distingue entre los profesionales que tienen las competencias para la adaptación o personalización del ejercicio, de otras y otros profesionales menos cualificados que pueden ser buenos dinamizadores de sesiones»

Por Vicente Gambau i Pinasa (nº col. 8.916), presidente del Consejo COLEF.


Actualmente el CSD está trabajando en el Anteproyecto de Ley de Profesionales del Deporte para dar respuesta a la tan ansiada y reivindicada regulación profesional.


Dada la pasividad del Estado en ejercer su competencia de regular a la única profesión titulada y colegiada del sector que existe legalmente desde 1978, han sido las Comunidades Autónomas las que han avanzado en la regulación de determinadas profesiones del deporte.


Estas regulaciones son heterogéneas e identifican de forma desigual las ocupaciones y actividades profesionales, provocando conflictos cuando se exigen diferentes requisitos de acceso para ejercer. La principal carencia de estas leyes es que en su diseño no se ha tenido en cuenta la existencia de los diferentes niveles de cualificación de los profesionales existentes; en consecuencia, se ha equiparado a personas con formación universitaria con personas con diferentes formaciones de menor nivel de cualificación.


El gran reto del sector de la educación física, la actividad física y el deporte no es exigir un mínimo de requisitos que garanticen unos servicios de práctica deportiva con calidad y seguridad y que cualquier persona con un mínimo de formación deportiva sirva para cualquier servicio. Lo que reivindicamos desde el colectivo profesional de los Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte es nuestro reconocimiento legal como profesionales científico-intelectuales y no como profesionales técnicos de apoyo.


No reclamamos una regulación, sino una verdadera ordenación del espacio profesional.


Una persona usuaria tiene unos derechos básicos que deben garantizarse: el derecho a la protección contra los riesgos que puedan afectar a su integridad física o a su salud se enmarca como una cuestión prioritaria, inclusive fundamental, y que en gran medida se supedita a la cualificación del personal, es decir, a los conocimientos y las destrezas adquiridas durante su formación y experiencia. También es un derecho básico recibir información correcta sobre la cualificación del personal que ofrece servicios deportivos, cuestión que la propia Administración Pública incumple. Otro de ellos es el derecho a la indemnización por los daños y la reparación de los perjuicios sufridos (responsabilidad civil). Pero, en cualquier caso, debe advertirse que la prevención de los riesgos y la garantía estos derechos se alcanza a través de la educación física, la cual facilita el conocimiento sobre el adecuado uso, consumo o disfrute de la actividad física y del deporte, y ésta se enmarca de forma explícita dentro de los derechos constitucionales. Es por ello que la Educación Física y Deportiva debe ser un servicio esencial de interés público.


Lamentablemente es muy común que estos derechos no estén garantizados, y que el dinero dedicado a recibir servicios de práctica deportiva de calidad y seguridad, al final no tenga ningún efecto evidenciable, porque la ciudadanía no distingue entre los profesionales que tienen las competencias para la adaptación o personalización del ejercicio, de otras u otros profesionales menos cualificados que pueden ser buenos dinamizadores de sesiones.


El espacio profesional requiere orden, y al igual que otros sectores económicos, es imprescindible e inaplazable diferenciar al personal por su nivel de cualificación.


Necesitamos una Ley que, además de ofrecer garantías a la ciudadanía, dé el prestigio y reconocimiento social al profesional con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Por supuesto, sin dejar de reconocer los derechos de las personas que ya están desempeñando labores en el sector mediante procedimientos como la habilitación y el reconocimiento de competencias, el Estado debe reconocer las actividades propias de las educadoras y educadores físico deportivos, profesión que ya está reconocida jurídicamente como titulada y colegiada. Éste es el motivo por el que el Consejo COLEF participa activamente en este proceso.


El escenario posterior solo anticipa beneficios para la calidad y seguridad de los servicios, para la mejor promoción de estilos de vida activos, para incrementar el valor de la oferta de los centros deportivos, para dignificar la imagen social de los profesionales que tienen mayor cualificación, para reducir la precariedad en el empleo, y para garantizar que en aquellos servicios con objetivos y destinatarios que requieren una atención especial, estén a cargo de profesionales con altas competencias.

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